Nuevas medidas económicas paliativas para afrontar los efectos de la pandemia de coronavirus en el Paraguay fueron informadas este lunes por las autoridades del Poder Ejecutivo. Anunciaron el inicio de pago de Pytyvo 2.0, así como la reducción del IVA en 50% y el diferimeinto en el pago del servicio de energía eléctrica para los sectores de hotelería, turismo, restaurantes, eventos, entre otras medidas.
La viceministra de Economía, Carmen Marín, informó en conferencia de prensa brindada en Palacio de López que en la jornada proseguirán los pagos a los beneficiarios del subsidio Pytyvõ 2.0, con el desembolso a 900.000 personas que se encuentran asentadas en los departamentos de Central, Alto Paraná, Itapúa y el resto del país.
Así también anunció que en el transcurso de la jornada el presidente de la República, Mario Abdo Benítez, estará firmando dos decretos para ampliar mediadas tributarias en beneficio de ciertos sectores que se ven afectados por la fase 4 de la cuarentena inteligente como los dedicados a alojamiento, transporte, organización de eventos, restaurantes, abastecimientos, y afines.
Otro de decretos que se estarían firmando en la fecha es para beneficiar a estos sectores con el diferimiento en el pago del consumo del servicio de energía eléctrica por el lapso de tres meses, entre septiembre y noviembre, y la posterior refinanciación de esas facturas por un periodo de 18 meses, sin cargos no intereses.
Para acceder al beneficio se estaría habilitando un periodo de registro para que las empresas puedan inscribirse mediante el Ministerio de Industria y Comercio (MIC). Se estima que unos 24.000 comercios serán beneficiarios.
Así también se contará con una línea especial dentro del Fondo de Garantía del Paraguay (Fogapy) destinado a los sectores de hotelería, turismo, eventos y restaurantes para las micro, pequeñas y medianas empresas con una facturación de entre 13.000 y 70.000 millones de guaraníes. Estas mipymes podrán acceder a la garantía de estos fondos hasta del 70% de la cobertura del riesgo con una tasa máxima de hasta el 10%.
Por su parte el presidente del Banco Nacional de Fomento (BNF), Carlos Florentín, informó que la institución a su cargo habilitará una ventanilla de atención preferencial para los sectores beneficiados con estos decretos, con el fin de que puedan acceder a los créditos de manera más rápida y eficaz.
Detalló además que se encuentran fortaleciendo las sucursales con funcionarios y adicionalmente pretenden mantener las condiciones diferenciadas de créditos que se ya se habían lanzando en el mes de abril de este año.
Para ello también la AFD, pondrá a disposición una línea especial con un fondo de 100.000 millones de guaraníes a tasas del 7% con un plazo de un año y postergable por 12 meses más, dirigido a los sectores afectados.
A su turno el viceministro de Tributación, Oscar Orué, detalló que los decretos 3699/2020 y 3967/2020 estarán disponibles desde la fecha. Detalló que en el primero se amplía las actividades económicas del sector eventos y turismo en el cual se reduce del 10 la 5% la base imponible.
«En términos prácticos, hay una reducción del IVA del 50%, a solicitud del sector. Esta medida estará implementada hasta el último día del mes de junio de 2021, justamente considerado la situación de ese sector en particular», manifestó.
Orué afirmó que el decreto 3699/2020 concede atribuciones a la Subsecretaría de Tributación (SET) de ampliar las actividades económicas en caso de ser necesarias, siempre en el rubro de eventos.
En cuanto al decreto 3967/2020, el mismo establece un régimen excepcional para empresas que tienen determinaciones impositivas o casos judicializados a los efectos de establecer la tasa de interés del 0%.
«Los contribuyentes que se les aplicó una determinación impositiva con la multa correspondiente pueden acercarse y financiar sin intereses y también aquellos que se encuentran con casos judicializados a los efectos de que el interés no les corra y que se aplique el 0%», explicó.
La misma es aplicable a las obligaciones tributarias vencidas, correspondiente a los periodos fiscales mensuales cerrados hasta diciembre de 2019, así como a los ejercicios fiscales cerrados hasta el 30 de junio de 2019.